Absuelto el teniente coronel que envió a casa al cabo que sufrió un infarto tras unos ejercicios físicos. Se encuentra en coma desde 2007.

La justicia militar ha dictado sentencia en el caso del coma vegetativo sufrido por un cabo del Ejército de Tierra por presunta negligencia del teniente coronel médico que le atendió en primera instancia. El imputado ha sido absuelto. Los hechos ocurrieron el 10 de septiembre de 2007. El cabo David Giner -27 años por entonces- se encontraba realizando unas pruebas físicas en su unidad -Dehesa del Príncipe de Cuatro Vientos, Madrid- cuando comenzó a sentirse mal. Tenía palpitaciones y un fuerte dolor en el pecho. Los servicios médicos de su acuartelamiento le mandaron a casa “a descansar”. Según la acusación, no se le practicó ningún reconocimiento médico en ese instante.

Tras salir del centro militar y caminar unos metros, cayó desplomado. Había sufrido una parada respiratoria. Desde entonces, el cabo se encuentra en coma vegetativo irreversible, provocado por los 13 minutos que su cerebro estuvo sin oxigeno antes de ser reanimado por una unidad del Samur madrileño. Desde entonces Amelia Moyá Giner, la madre del cabo, ha iniciado una batalla legal –que la llevó también a las televisiones- para que la Justicia reconozca que el Ejército cometió una negligencia médica en el caso de su hijo. En febrero de este año se abría el juicio contra el teniente coronel médico de la unidad.

Durante las sesiones del juicio, el acusado aseguró que "David no presentaba ningún síntoma alarmante y que fue el propio David el que le pidió marcharse a casa”. Un hecho que niega la acusación y que fue respaldado por otros testigos, militares compañeros del cabo. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia y ha determinado la absolución del teniente coronel médico acusado de delito contra la eficacia del servicio, en modalidad de negligencia profesional en acto de servicio con resultado de lesiones, y del delito contra la eficacia del servicio, en su modalidad de incumplimiento de los deberes técnicos de su profesión por impericia o negligencia profesional.

Fuente: http://elconfidencialdigital.com

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